Pilcomayo obras de agua criollos

El caso Pilcomayo, un proceso de regularización territorial con impacto nacional y regional

Este mes recibimos la visita de monitoreo de Simone Lehmann y Markus Buker, representantes de Misereor (Obra espiscopal de la iglesia católica alemana) quienes estuvieron en la Argentina para conocer el estado de situación del caso Pilcomayo, un proyecto que Misereor acompañan desde hace más de 20 años, y que tiene en su origen una disputa por el acceso a la tierra de 643.000 hectáreas en los ex lotes fiscales 55 y 14 en Santa Victoria Este,  norte de Salta,  donde hoy habitan en un mismo territorio más de 130 comunidades indígenas (reunidas en Lhaka Honhat y otras organizaciones) y 800 familias criollas (nucleadas en organizaciones criollas como la Organización de Familias Criollas –OFC- y otras) con cosmovisiones sobre el uso de los recursos naturales, culturales y productivas diferentes pero unidos en una lucha común por el reconocimiento a sus derechos a la tierra, el territorio y el manejo de los bosques, ríos y pastizales.

Antecedentes del caso

En 1998, Lhaka Honhat presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a causa de la construcción en la zona de importantes obras de infraestructura sin ningún tipo de consulta previa, solicitando al Estado que formalizara su derecho a la propiedad comunitaria de la tierra mediante la entrega de un título único, sobre una superficie unificada y libre de ganado vacuno. Dicho reclamo fue y sigue siendo apoyado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación de Acompañamiento Social de la Iglesia Anglicana del Norte Argentino (ASOCIANA).

Como el proceso jurídico internacional se basó en el derecho indígena, fue necesario incorporar una visión política de acuerdos territoriales, que complementen el accionar legal internacional y den viabilidad a todo el proceso de reclamo al Estado argentino para lograr acuerdos generales de distribución de la tierra y los recursos que involucrara a todos los actores. Así en el 2000 se conformó el Proyecto Pilcomayo, una iniciativa apoyada por Misereor, Pan Para el Mundo, donde ASOCIANA y FUNDAPAZ inician el acompañamiento a los dos grupos, indígenas y criollos, promoviendo procesos de diálogo y acuerdos.

Se acordó una estrategia de trabajo única y se presentó al Estado argentino una propuesta de distribución equitativa de la tierra. Para ello, durante más de cuatro años los diferentes actores con el acompañamiento de las instituciones, generaron información mediante la elaboración de mapeos participativos, que permitieron ubicar a los puestos criollos y a las comunidades con sus puntos de uso territorial. También se relevaron datos sobre el estado de los recursos naturales y se sumó un censo poblacional.

El proceso colectivo de construcción de mapas sobre los territorios compartidos permitió visibilizar las formas de habitar, y utilizar la misma superficie por parte de indígenas y criollos.

Luego de un largo proceso de trabajo en 2007, y tras un acuerdo entre Lhaka Honhat y la OFC, el gobierno de Salta se firmó el Decreto 2786/07 por el cual se adjudicó y reconoció el acuerdo realizado por las organizaciones locales de otorgar 400.000 hectáreas a 42 comunidades indígenas existentes en ese momento, y 243.000 hectáreas a las 462 familias criollas que habían acreditado derechos. La acción de las organizaciones y la presión internacional hicieron que el gobierno nacional se comprometiera a realizar la regularización dominial  y un programa de desarrollo local.

En 2014, el gobierno de Salta oficializó el decreto 1498/14 por el que reconoce y transfiere las tierras en propiedad comunitaria a las comunidades y en condominio a las familias criollas.

Esto dio lugar a un proceso de relocalización y planes de reconversión ganadera para las familias criollas, y de manejo de recursos para las comunidades. En este contexto, el Estado argentino, ya sea por medio de la Unidad Ejecutora Provincial  (UEP) de Salta, o de diversos organismos nacionales asumió el compromiso de realizar las obras de infraestructura necesarias (apertura de caminos, construcción de viviendas, obras de acceso al agua, escuelas, puestos sanitarios, etc.) para lograr la regularización territorial efectiva y el desarrollo local.

Río Pilcomayo

El 2 de abril de 2020 la CIDH emitió un fallo en el caso “Comunidades indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) Vs Argentina” en el que encontró al Estado nacional responsable de la violación de los derechos de la propiedad comunitaria, a la identidad cultural, al medio ambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua de los pueblos originarios. La sentencia ordena medidas de reparación específica para la restitución de esos derechos, incluyendo acciones para el acceso al agua y la alimentación, la recuperación de recursos forestales y de la cultura indígena.

En este marco, hoy se continúa un proceso de negociación sobre la gestión territorial, el avance del plan de infraestructura, y sobre el uso de los recursos naturales para las dos poblaciones.

Al evaluar la situación actual, Ramón Pérez de Lhaka Honhat comentó durante la reunión con Misereor: “Van quedando menos dirigentes para acompañar a las comunidades, pero más que nada queremos seguir con este proceso y que se cumpla la sentencia. Para nosotros son muy importantes los acuerdos. La OFC fue la primera organización con la que nos pusimos de acuerdo. Tenemos que medir los límites. Avanzar con eso”.

Por su parte Esmérito Arenas de la OFC agregó: “Siempre estamos luchando por el proceso de la tierra. Va muy lento; algunos se están yendo y no tuvieron el título de la tierra”.

Dante Albornoz, de la misma organización destacó la importancia de los acuerdos. “Es un proceso lento y es fundamental que nos sigan acompañando y que la provincia se ponga las pilas”, insistió.

Al dar una evaluación general del proceso, Simone Lehmann, de Misereor dijo a los presentes en la reunión: “Me parece muy importante seguir adelante y pode cosechar los frutos de esta lucha para que puedan tener una vida digna, y cumplir con todos los acuerdos que ustedes lograron”.

El caso Pilcomayo es uno de los casos de regularización territorial más grandes del país por la cantidad de población y hectáreas que abarca. Su proceso de resolución es observado no sólo a nivel nacional sino también en varios países de la región.

Taller c indígena

Acciones que buscan una reparación histórica en el norte salteño

El Estado provincial ya cuenta con un Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI) para utilizar antes de que se realice una obra pública en la zona de trabajo de la Mesa de Agua del Chaco Salteño. 

Las organizaciones indígenas y criollas que participan en la Mesa de Agua del Chaco Salteño serán consultadas cada vez que el Estado planifique realizar alguna obra de infraestructura en la que esté implicada el territorio y la vida de las familias. 

 

Así lo establece el Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI) que se elaboró conjuntamente con las organizaciones en talleres que se hicieron en diferentes localidades de los departamentos salteños de General San Martín, Rivadavia Banda Norte y Rivadavia Banda Sur, y que luego de un año de trabajo se entregó en abril último, a  la ministra de Acción Social de Salta, Silvia Vargas,  y que deberá ser utilizado previamente a  toda y en cada una de las obras públicas o emprendimiento privado que se realice en las zonas de trabajo de la Mesa de Agua del Chaco Salteño.

 

Cristina Rosetto viven en La Unión, municipio de Rivadavia Banda Sur, es miembro de la organización Asociación de ganaderos de la Unión, y también es técnica extensionista del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). Para ella la existencia de este mecanismo de consulta es muy importante porque “muchas veces llegan a la zona donde vivimos proyectos de instituciones del Estado con un plan o una idea que se quiere imponer, sin que haya una participación activa de las organizaciones del territorio. Ahí está la importancia de este protocolo, que propone que la gente local sea consultada que es la que conoce las necesidades puntales del lugar”.

“En Rivadavia Banda Sur fue la primera vez que se hizo este taller. Incluso  yo no sabía lo que era una consulta pública y la obligación que existe de hacerla antes de que se inicien obras. Hace mucho nos llamaron a una consulta pública cuando se estaba construyendo la Ruta Provincial 13, que ahora la tenemos asfaltada.  Por eso, el taller sobre el CPLI nos abrió la cabeza a todos los que participamos, y esto es un gran adelanto para la gente ya que se dan cuenta que pueden ser actores activos sobre las obras que se hagan en el territorio”, destacó Cristina.

Ramón Torres de la Asociación de Pequeños Productores y Familias Criollas del Lote 26, de Rivadavia Banda Sur, coincide en la importancia que tiene la norma: “El protocolo nos sirve como una herramienta legal y técnica a la hora de construir cisternas para cosechar agua de lluvia. Si la provincia o quien fuera baje a la zona con un programa para construir cisternas, esto nos sirve a las organizaciones para dar a conocer nuestra forma de trabajar y unificar los criterios que figuran en el protocolo, porque hoy en día hay muchas instituciones que hablan de la construcción de cisternas pero no trabajan de la misma forma. 

Por su parte, Néstor Montes, cacique de la comunidad La Pantalla, de Los Blancos, destaca que durante los talleres los miembros de su comunidad pudieron entender lo que plantea esta norma con respecto a las obras de agua “nosotros como comunidad ya tenemos un esquema de consulta previa más amplio que no se está cumpliendo porque no hay un seguimiento, pero esperamos que en este caso esta herramienta si sirva, y la consulta previa funcione como tal”.

Antecedentes de la norma

La propuesta de elaboración del Protocolo tuvo lugar en una Asamblea de la Mesa de Agua, a fin de cumplir con el Convenio 169 de la OIT, referida a las comunidades indígenas y a la Ley nacional 25.675 de la Nación. Fue realizada por FUNDAPAZ y el Instituto de Derecho Ambiental y Sustentabilidad (IDEAS) de la UCASAL, ambos integrantes de la comisión directiva de la Mesa, que firmaron un convenio para llevarlo adelante.

 Dicho Convenio también incluyó a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas con apoyo de la Oficina del Coordinador Residente Argentina; ONU Mujeres, y GEISA (Grupo de Estudios e Investigaciones Socio-Ambientales) perteneciente al Instituto de Investigaciones en Energía no Convencional (INENCO -CONICET-, UNSA). Este último organismo participó con el propósito de incorporar uniformidad en los criterios de calidad de agua y pautas de manejo mínimo que deberían seguirse para que se acceda a agua segura.

Existe un marco normativo internacional, nacional y provincial, por el cual la CPLI es un derecho reconocido para los pueblos indígenas como una acción de reparación histórica, como por ejemplo, el Convenio 169 de la OIT (1989), vigente en Argentina desde 1992; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007), la Constitución Nacional de 1994 y las constituciones provinciales.

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